SEn los meses más calurosos del año el aire acondicionado vuelve a convertirse en uno de los elementos más demandados en las viviendas de alquiler. Con las olas de calor cada vez más frecuentes, es habitual que propietarios e inquilinos se planteen quién debe asumir el coste de instalar un sistema de climatización.
Como se trata de una cuestión que puede generar dudas, especialmente cuando hay que repartir los costes de instalación o mantenimiento, desde Grupo Mutua Propietarios, especialistas en protección integral para propiedades, repasamos qué dice la normativa y qué aspectos conviene tener en cuenta para evitar conflictos entre ambas partes.
¿Es obligatorio tener aire acondicionado en una vivienda de alquiler?
En España no existe ningún tipo de legislación que obligue a los propietarios de una vivienda en alquiler a tener instalado aire acondicionado en la misma. Esto se debe a que el aire acondicionado, aunque aporta confort en los meses más calurosos, no se considera una necesidad básica para hacer habitable el inmueble como puede ser el suministro de agua o electricidad.
Por tanto, a no ser que en el contrato de alquiler haya quedado reflejada la obligatoriedad de instalar aire acondicionado, el propietario no está obligado a instalarlo y dependerá de que se llegue a un acuerdo con el inquilino.
Aunque el aire acondicionado sigue sin considerarse un requisito obligatorio de habitabilidad, cada vez son más los propietarios que optan por incorporarlo como un elemento que mejora el confort de la vivienda y aumenta su atractivo dentro del mercado del alquiler, especialmente en aquellas zonas donde las altas temperaturas son habituales durante el verano.
¿Quién debe pagar la instalación del aire acondicionado en un piso alquilado?
Como la instalación de aire acondicionado no es obligatoria, la responsabilidad de pagarlo dependerá de distintos elementos y del tipo de acuerdo al que se llegue entre el arrendador y el arrendatario. Habrá que tener en cuenta lo que se recoge en el contrato de alquiler, si hay alguna normativa específica en la comunidad y de quién parta la iniciativa para colocarlo.
En cualquier caso, lo más recomendable es que propietario e inquilino hablen sobre esta cuestión antes de formalizar el contrato o, si surge posteriormente, que dejen por escrito cualquier acuerdo relacionado con la instalación del equipo para evitar posibles malentendidos.
Si lo instala el propietario
Cuando es el propietario quien decide instalar el aire acondicionado, o bien antes de alquilar la vivienda, o bien mientras hay un contrato de alquiler vigente, por norma general es él quien debe asumir el coste de la instalación ya que se trata de una mejora que incrementa el valor del inmueble y a corto y largo plazo, por lo que si el propietario lo instala podrá repercutir en el valor del coste del alquiler.
Además de mejorar el confort de la vivienda, incorporar un sistema de climatización puede aumentar la competitividad del inmueble dentro del mercado del alquiler, especialmente durante los meses de verano.
Si lo solicita el inquilino
El inquilino puede solicitar la instalación de aire acondicionado, sin embargo, el propietario no está obligado a cubrir esa demanda y esto puede dar lugar a un pequeño conflicto. Lo mejor, es recoger en el contrato de arrendamiento los requisitos que las dos partes establecen antes de iniciar el alquiler. Otra opción para evitar problemas es pactar un acuerdo entre las dos partes sobre quién debe asumir los costes de la instalación. Si el propietario accede, es frecuente que el inquilino asuma el coste de la instalación y se podría llegar a un acuerdo mutuo, por ejemplo, de descontar esa cantidad de la mensualidad de ese mes.
En estos casos, resulta aconsejable que el acuerdo especifique también quién asumirá el mantenimiento del equipo y qué ocurrirá con la instalación cuando finalice el contrato de arrendamiento.
Qué dice el contrato de arrendamiento
Además de llegar a un acuerdo, deberá tenerse en cuenta lo que se establece en el contrato de alquiler que se ha firmado sobre la instalación de aire acondicionado y si se recoge quién debe asumir el coste. Siempre que no quede recogido de forma explícita, el propietario está exento de esa obligación y como en el caso de cualquier otra mejora que se vaya a realizar en la vivienda, el inquilino necesitará su autorización, así como el permiso de la comunidad de vecinos si la instalación afectase a algún elemento de la facha y/o zonas comunes.
Reflejar este tipo de acuerdos por escrito aporta mayor seguridad jurídica tanto al propietario como al inquilino y ayuda a prevenir conflictos futuros.
¿Puede el inquilino instalar aire acondicionado por su cuenta?
La respuesta rápida a esta pregunta es que no, el inquilino no puede instalar aire acondicionado por su cuenta sin la autorización expresa del propietario. La norma exige que cualquier modificación que se vaya a realizar en la vivienda de forma permanente necesita la aprobación del propietario. Además, como hemos mencionado, si la instalación afectase a la comunidad de vecinos, será necesario también contar, además de con la autorización del propietario, con el consentimiento de la comunidad. Por último, será necesario cumplir con cualquier normativa específica de la Comunidad Autónoma en materia urbanística y medioambiental.
Antes de iniciar cualquier instalación, también conviene comprobar si existen requisitos técnicos o estéticos establecidos por la comunidad de propietarios que puedan afectar a la colocación de la unidad exterior.
¿Quién paga el mantenimiento y reparación del aire acondicionado?
El inquilino que habita el inmueble deberá encargarse de mantener en buenas condiciones el aire acondicionado y de las reparaciones pertinentes en el caso de que fueran necesarias, especialmente si la instalación fue solicitada por él. No obstante, el aire acondicionado se considera parte del continente del inmueble, ya que se quedará instalado de forma fija, por lo que el propietario, como ocurre con el resto de estos elementos, deberá garantizar que funciona de manera correcta y se llevan a cabo las reparaciones necesarias. Esto excluye la reparación de una avería que fuese provocada por un mal uso por parte del inquilino.
Además, al ser considerado como parte del continente, el seguro de hogar de la vivienda cubriría los daños en caso de accidente, daño eléctrico, inundación…Por eso, en Grupo Mutua de Propietarios ofrecemos diferentes modalidades de seguro de hogar especialmente diseñados para proporcionar tranquilidad a ambas partes en el día a día y hacer que cualquier avería no se convierta en un problema mayor.
Realizar un mantenimiento periódico del equipo no solo contribuye a mejorar su eficiencia y prolongar su vida útil, sino que también ayuda a prevenir averías durante los meses de mayor uso.
¿Se puede descontar el aire acondicionado del alquiler?
Lo cierto es que no existe una ley o normativa que permita establecer el descuento del aire acondicionado de la renta de alquiler. Sin embargo, se puede intentar llegar a un acuerdo por ambas partes en las que, si el inquilino asume el coste de instalación, el propietario deduzca ese gasto de la mensualidad, ya que se trata de una mejora de la que podrá disfrutar y beneficiarse cuando el inquilino se haya marchado.
Siempre que exista un acuerdo entre ambas partes, es recomendable dejar reflejadas las condiciones de forma expresa para evitar discrepancias durante la vigencia del contrato.
Grupo Mutua Propietarios: claves antes de instalar aire acondicionado
En definitiva, la mejor forma de evitar conflictos entre propietario e inquilino pasa por una buena comunicación, conocer qué establece el contrato de arrendamiento y dejar por escrito cualquier acuerdo relacionado con la instalación, el mantenimiento y las posibles reparaciones del aire acondicionado.
Es importante, para evitar conflictos entre el inquilino y el propietario, tener en cuenta todos los elementos que hemos señalado:
- Recuerda consultar el contrato de alquiler y revisar cualquier cláusula que trate específicamente el tema del aire acondicionado, si su instalación es obligatoria y quién debe asumir los costes de reparación y mantenimiento.
- Si como inquilino deseas solicitar la instalación, habla con tu arrendador para tratar de llegar a un acuerdo y asegúrate de contar con su autorización.
- Consulta a la comunidad de vecinos si la instalación va a afectar a alguna de las zonas y elementos comunes.
- Por último, revisa la póliza de tu seguro de hogar para comprobar que cubriría los daños al continente del inmueble en caso de que se produjese un siniestro tras la instalación.
En Grupo Mutua Propietarios llevamos más de 190 años ayudando a propietarios, inquilinos y comunidades de propietarios a proteger sus viviendas y disfrutar de una mayor tranquilidad en su día a día. Si quieres conocer nuestras soluciones aseguradoras o resolver cualquier duda relacionada con tu vivienda, visita nuestra web o ponte en contacto con nuestro equipo. Estaremos encantados de ayudarte.