¿Puedo instalar un punto de recarga para vehículos eléctricos en Comunidad?

En Grupo Mutua Propietarios te damos los pasos que tienes que dar para instalar un punto de recarga para un
¿Puedo instalar un punto de recarga para vehículos eléctricos en Comunidad?

¿Tienes coche eléctrico y no sabes si en tu comunidad de propietarios puedes instalar un punto de recarga? En Grupo Mutua Propietarios te damos los pasos que tienes que dar para instalar un punto de recarga para un coche eléctrico.

Si el garaje o parking comunitario donde vives no tiene preinstalaciones para colocar puntos de recarga, el propietario del vehículo deberá gestionarlo por su cuenta. El primer paso es informar la comunidad sobre la decisión.

¿Qué dice la ley?

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) regula la instalación de dichos puntos en su artículo 17.5. En él se indica que la instalación de un punto de carga de vehículos eléctricos en el garaje para uso privado en el aparcamiento del edificio, “siempre que éste se ubique en una plaza individual, solo requerirá la comunicación previa a la comunidad”. Al mismo tiempo, también se especifica que “el coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma”.

Además, la normativa contempla la obligatoriedad del deber del instalador del punto de recarga de nuestro garaje comunitario a realizarla conforme a la legislación vigente. Por tanto, en toda instalación de este tipo deberá emitirse el Certificado de Instalación Eléctrico CIE (conocido como Boletín). La emisión de este documento depende del departamento de Industria de cada Comunidad Autónoma que por regla general se remite unos días después de la finalización de la instalación.

 

Normas para la instalación

Desde el Colegio de Administradores de Madrid recomiendan que, una vez comunicada la intención de poner el punto de recarga, la comunidad de vecinos deberá encargar un proyecto para decidir el mejor lugar para la instalación de contadores y el tendido de cableado.

Si no se consigue aprobar en junta, desde el CAF Madrid recomiendan establecer unos requisitos mínimos para cada vecino:

  • Comunicación con unos días de antelación por parte del propietario solicitante.
  • La línea que va desde el contador al punto de recarga deberá instalarse a través de un tubo homologado y por el recorrido que se acuerde con la comunidad de propietarios.
  • El pasa tubos desde el cuarto de contadores al garaje serán a cargo del propietario solicitante.
  • El punto de recarga se instalará en el muro del fondo de la plaza de garaje, lo más centrado posible y sin ocupar la parte de las plazas colindantes.
  • El propietario deberá entregar a la comunidad de propietarios el boletín de instalación.
  • Cumplir con la normativa vigente en cada momento.

Cuando se ha comunicado el aviso, hay que tener en cuenta el tipo de garaje comunitario en el que se desea instalar el punto de carga.

 

¿Y si tengo una plaza de garaje alquilada?

Si la plaza de garaje es alquilada y además dispones de un coche eléctrico y no dispones de cargador en la plaza, tienes la posibilidad de instalar un cargador en estas plazas de garaje. Lo único que debemos tener en cuenta es que nosotros somos arrendatarios de esta plaza, por lo que para instalarla deberemos consultar primeramente al arrendador.

En el caso de que el propietario dé el visto bueno y acepte la instalación, deberemos ser nosotros los que nos encarguemos de los gastos que se generen. Si en un futuro la persona desea dejar la plaza para buscar otra, deberá hablar con el arrendador para que se quede la instalación pagando el importe que el inquilino pagó por ella; o también podrá desinstalarla y llevársela, ya que ha sido el inquilino quien corrió con los gastos de instalación.

 

Instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos

Para una movilidad más sostenible y sencilla, en Grupo Muta propietarios queremos facilitarte la instalación de puntos de suministro y recarga de vehículos eléctricos. A través de la empresa Factor Energía, S.A. y después del Análisis de puntos de recarga de vehículos eléctricos y/o placas solares, te ofrecemos:

  • Financiación de la instalación particular del punto de recarga a un plazo no superior a 48 meses y al 0% TIN.
  • En aquellos casos en los que sea necesario y viable la ejecución de una instalación troncal comunitaria, asumiremos los primeros 300 € de los costes de instalación

 

En Grupo Mutua Propietarios, ofrecemos un servicio de instalación integral a través de la empresa Factor Energía S.A, para que no tengas que preocuparte por nada. ¡Consúltanos!

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