Cuando contratamos una hipoteca, es habitual que la entidad financiera nos proponga contratar determinados productos vinculados al préstamo, entre ellos un seguro de hogar. Esta situación sigue generando dudas entre muchos compradores, que se preguntan si es obligatorio contratar el seguro con el banco o si pueden elegir libremente otra aseguradora.
La respuesta es que la normativa permite al banco exigir un seguro que cubra determinados riesgos sobre el inmueble hipotecado, pero no puede obligar al cliente a contratarlo con su propia aseguradora siempre que presente una póliza con coberturas equivalentes.
Desde Grupo Mutua Propietarios te explicamos qué dice la Ley Hipotecaria, qué información están obligados a ofrecerte las entidades financieras y qué debes tener en cuenta antes de contratar un seguro de hogar.
La Ley Hipotecaria
Como se indica en la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, el prestatario puede contratar su seguro de hogar donde quiera, sin necesidad de que sea en la entidad de la hipoteca. Así se explica en el artículo 17 de la Ley 5/2019, que establece lo siguiente:
“Como excepción a la prohibición de las prácticas de venta vinculada contenida en el apartado 1, los prestamistas o intermediarios de crédito inmobiliario podrán exigir al prestatario la suscripción de una póliza de seguro en garantía del cumplimiento de las obligaciones del contrato de préstamo, así como la suscripción de un seguro de daños respecto del inmueble objeto de hipoteca y del resto de seguros previstos en la normativa del mercado hipotecario».
«En este caso el prestamista deberá aceptar pólizas alternativas de todos aquellos proveedores que ofrezcan unas condiciones y un nivel de prestaciones equivalentes a la que aquel hubiera propuesto, tanto en la suscripción inicial como en cada una de las renovaciones. El prestamista no podrá cobrar comisión o gasto alguno por el análisis de las pólizas alternativas que se le presenten por el prestatario”.
“La aceptación por el prestamista de una póliza alternativa, distinta de la propuesta por su parte, no podrá suponer empeoramiento en las condiciones de cualquier naturaleza del préstamo”.
Otros seguros de hogar
Como comentábamos al principio del artículo, las entidades bancarias no pueden obligar a que se contraten sus pólizas. Pero sí pueden exigir contratar un seguro de daños —habitualmente integrado dentro del seguro de hogar— para conceder la hipoteca.
Para elegir el seguro de hogar que mejor se adapte a tus necesidades, conviene comparar las distintas opciones disponibles y revisar aspectos como las coberturas, las garantías incluidas, los servicios adicionales o el coste de la póliza. De este modo, podrás tomar una decisión informada y elegir la opción que mejor proteja tu vivienda.
Seguro de Hogar de Grupo Mutua Propietarios
Aunque al contratar una hipoteca es habitual que el banco ofrezca su propio seguro de hogar, la normativa protege la libertad de elección del consumidor. Siempre que la póliza alternativa ofrezca unas coberturas equivalentes, la entidad financiera deberá aceptarla sin modificar las condiciones del préstamo ni aplicar costes adicionales por su análisis.
Antes de contratar un seguro de hogar, conviene comparar las diferentes opciones disponibles, revisar las coberturas que ofrece cada póliza y elegir aquella que mejor se adapte a las características de la vivienda y a las necesidades de sus propietarios.
En Grupo Mutua Propietarios contamos con un Seguro de Hogar que se adapta a tus necesidades, protegiendo el espacio en el que vives y contribuyendo a tu tranquilidad en el día a día. Disponemos de distintas modalidades para que puedas elegir la opción que mejor se ajuste a tu vivienda y a tus necesidades de protección.
Si quieres conocer todas nuestras coberturas o resolver cualquier duda, ponte en contacto con nosotros y nuestro equipo estará encantado de ayudarte.