El vehículo eléctrico ha dejado de ser una tendencia para convertirse en una realidad cada vez más presente en nuestras calles, garajes y decisiones de compra. La transición hacia una movilidad más sostenible está en marcha, y con ella surgen nuevas necesidades para propietarios y comunidades de propietarios. Entre ellas, una de las más relevantes es la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en los garajes comunitarios.
En el artículo de hoy, te explicamos cómo las comunidades de propietarios pueden prepararse para esta transformación.
¿Qué dice la normativa?
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) en España permite a cualquier propietario instalar un punto de recarga individual en su plaza de garaje, siempre que lo comunique previamente a la comunidad. No es necesario pedir autorización, aunque sí se deben asumir los costes íntegros de instalación y mantenimiento.
Además, la normativa técnica del Código Técnico de la Edificación (CTE) establece desde 2021 la obligación de prever la infraestructura mínima necesaria en nuevas construcciones y grandes reformas, para facilitar la instalación futura de cargadores.
¿Qué opciones tiene una comunidad de propietarios?
Hay varias formas de adaptarse a esta necesidad creciente:
- Puntos de recarga individuales: Son instalados por cada propietario en su plaza. Es la opción más rápida y sencilla si hay pocos usuarios.
- Infraestructura común: La comunidad puede decidir instalar una red eléctrica común, facilitando a los vecinos conectarse más adelante.
- Puntos de uso compartido: También es posible instalar uno o varios cargadores de uso comunitario con gestión de turnos o reserva, lo que requiere consenso, gestión y posible repercusión en los gastos comunes.
Pasos para instalar un punto de recarga en una comunidad
- Evaluación técnica: Un técnico debe analizar la instalación eléctrica del edificio y valorar la mejor solución: individual, comunitaria o mixta.
- Comunicación a la comunidad: El propietario interesado debe informar por escrito a la comunidad. Aunque no se requiere aprobación, es recomendable mantener la transparencia.
- Instalación por empresa autorizada: Siempre debe realizarla una empresa instaladora certificada, cumpliendo con la normativa vigente.
- Gestión de consumos: Se puede optar por conectar el punto al contador del propietario o instalar un contador independiente, según el caso.
¿Qué beneficios aporta a la comunidad la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos?
Adaptarse a la movilidad eléctrica no solo responde a una necesidad presente, sino que también revaloriza el inmueble, moderniza las instalaciones y mejora la imagen del edificio como espacio comprometido con la sostenibilidad. Además, puede atraer a nuevos propietarios o inquilinos con un perfil más tecnológico y comprometido con el medioambiente.
La movilidad eléctrica ha llegado para quedarse, y las comunidades deben estar preparadas. Con la información, la planificación y el apoyo técnico adecuados, la adaptación es no solo posible, sino también una oportunidad para modernizar y mejorar los inmuebles.
En este sentido, en Grupo Mutua de Propietarios, a través de nuestra filial SENSEDI, ofrecemos los siguientes Servicios Técnicos para Edificios de Viviendas que facilitan la adaptación de las comunidades de propietarios a las nuevas necesidades de la movilidad eléctrica.
- Análisis básico de factibilidad para la implantación de instalaciones de eficiencia energética (puntos de recarga de vehículos eléctricos y/o instalaciones solares fotovoltaicas)
- Tramitación de la contratación e instalación de puntos de recarga para vehículos con una empresa autorizada.
Desde Grupo Mutua Propietarios, animamos a las comunidades de propietarios a liderar este cambio hacia una vivienda más eficiente, sostenible y preparada para el futuro.