¿Es obligatorio tener seguro de hogar en pisos de alquiler?

Es probable que muchos nuevos inquilinos y propietarios se hagan la pregunta de si es obligatorio el seguro de hogar

es obligatorio el seguro de hogar

Es probable que muchos nuevos inquilinos y propietarios se hagan la pregunta de si es obligatorio el seguro de hogar en un piso de alquiler o no. Además, en muchas ocasiones, esta pregunta va acompañada de otra: ¿en caso de tener seguro de hogar en un piso de alquiler, quién lo paga? Si tienes dudas, hoy te lo explicamos todo para que sepas qué seguro contratar y bajo qué condiciones. 

¿Es obligatorio el seguro de hogar en un piso de alquiler?

Seamos inquilinos o propietarios, es importante que tengamos todos nuestros bienes asegurados, por lo que es primordial contratar un seguro de hogar en un piso de alquiler. Sin embargo, no se trata de un trámite obligatorio. Únicamente se establece como obligatorio cuando la vivienda está hipotecada. En cualquier caso, tener un seguro de hogar contratado tiene beneficios, si quieres conocerlo visita este artículo.

Por otro lado, por lo recomendable de realizar esta póliza, las bases y lo que cubra el seguro de hogar dependerá de quien firme el contrato. Este seguro no es igual si lo firma el arrendador que si lo firma el arrendatario. Para ello se debe conocer qué es el continente y el contenido y establecer un punto en común entre el propietario y el inquilino.

¿Quién paga el seguro de hogar en un piso de alquiler?

En el caso del alquiler, la contratación de un seguro de hogar en un piso de alquiler, variará en función de los intereses del propietario y del inquilino, por lo que las cláusulas de la póliza estarán establecidas en función de los mismos. Es decir, debemos hablar del continente, el contenido y la responsabilidad civil para establecer quién paga cada cosa, o a quién le interesa más proteger cada uno de las bases que hemos nombrado. En cualquier caso, es recomendable proteger la vivienda de posibles robos, incendios o inundaciones, e incluso de daños leves en el mobiliario o en la estructura. 

Continente

El continente es el que cubre todos los elementos arquitectónicos y de estructura de una vivienda. Ya sean paredes, suelos, las tuberías del gas o del agua, el tendido eléctrico, etc. Todo ello se establece dentro del continente, y en tal caso, la aseguradora será quien se encargue de pagar todos los desperfectos. Dependiendo del tipo de seguro de hogar en un piso de alquiler, la avería podrá ser cubierta en caso de incendio, robo o inundación, por ejemplo. 

Por tanto, el continente suele ser pagado por el arrendatario o propietario, ya que es a quien más le interesa proteger su vivienda ante estas situaciones. Se trata de un seguro fundamental, pero más aún si vamos a alquilar nuestro hogar, pues puede ser susceptible a daños en paredes, suelos o cableado, que será caro de reparar por nuestra cuenta. 

Contenido

El contenido, por su parte, cubre todo el mobiliario que se encuentre en el hogar, además de electrodomésticos, aparatos electrónicos o joyas, entre muchos otros. En este caso la aseguradora pagará la reparación o devolución del importe, dependiendo de las condiciones del seguro de hogar contratado. El contenido suele contratarse por parte del inquilino, pero no es raro que el arrendatario o propietario quiera contratarlo en caso de alquilar la vivienda amueblada. Por su parte, es interesante la contratación del contenido por parte del inquilino para evitar perder sus pertenencias, por ejemplo, en caso de robo o incendio. Por ello, dependiendo de cada situación, será una contratación por ambas partes, o unilateral. 

Responsabilidad Civil

Por último, la responsabilidad civil, es esencial para ambas partes ya que cubre posibles averías o daños a terceros. Es decir, para el inquilino, el seguro de hogar en un piso de alquiler, cubriría los daños que pueda ocasionar a terceros, como una inundación accidental que pueda afectar a algún vecino. Eb este caso concreto, si se trata de un accidente provocado por el inquilino, la póliza contratada por el propietario no serviría para cubrir los daños ocasionados. Por este motivo, es importante que el inquilino también incluya la responsabilidad civil, ya que en caso contrario la aseguradora del propietario exigirá la indemnización al arrendatario. 

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