Decía el historiador y filósofo griego Jenofonte que “sin concordia no puede existir ni un estado bien gobernado ni una casa bien administrada”. Podemos extrapolar el aforismo y añadir “ni una comunidad de vecinos bien gestionada”. Garantizar una convivencia cordial es esencial, y a veces las zonas comunes, como los patios vecinales, dejan de ser un espacio de encuentro y armonía vecinal para desatar las disputas. ¿Qué pasa si el patio de luces se convierte en el ruidoso merendero de uno de los vecinos o si el propietario del 5ºB lo usa para dejar la bici y los carritos de los niños?
Garantizar una buena convivencia con los vecinos es fundamental para que no haya problemas y discusiones. Sin embargo, a veces resulta complicado llevar una buena relación con todos los vecinos, ya que hay opiniones diversas y comportamientos y acciones que pueden molestar a unos u otros. Para que surja el mínimo número de problemas y no acabar como los vecinos de Aquí no hay quien viva, desde Grupo Mutua de Propietarios te explicamos qué se puede y qué no se puede hacer en los patios vecinales. Conociendo la normativa, será más fácil llegar a una solución para mejorar la convivencia en la comunidad de vecinos.
Tipos de patios vecinales
En primer lugar, cabe destacar que en una comunidad de propietarios pueden existir dos tipos de patios: los patios individuales y los patios vecinales comunes. Los primeros son los que pertenecen a cada vecino, es decir, son personales. Digamos que son como los balcones de cada vecino, pero en vez de ser un balcón, se trata de un patio. Los segundos son los que afectan a toda la comunidad vecinal. Los patios vecinales comunes se clasifican en tres grupos:
Patios de vecinos de uso privativo
Estos se refieren a los patios cuyo propietario es la comunidad de vecinos y, sin embargo, solo puede utilizarlo un individuo debido a que es el único que puede acceder o porque reside en la planta baja.
Patios de vecinos de uso no privativo
Los patios vecinales interiores de este grupo pertenecen a la comunidad vecindaria, por lo que ningún vecino podrá utilizarlos de manera exclusiva. Para usarlo, primero tendrá que consultar los estatutos de la comunidad para saber si lo que quiere hacer está permitido o no.
Patios de vecinos comunes exteriores
Normalmente, suelen tener zonas ajardinadas, piscinas, pistas de tenis, un parque infantil, etc. .
Normas de patios vecinales
En los patios vecinales de uso privativo, la Ley de la Propiedad Horizontal permite el uso de ellos al vecino que tiene acceso, siempre que respete al resto de vecinos y no cause molestias ni ruidos. Por supuesto, tampoco debe contravenir los estatutos de la comunidad. Además, el individuo debe tener claro que en ningún momento el patio pierde el carácter común y el derecho de la propiedad es comunitaria, no individual.
La Ley de la Propiedad Horizontal también indica que el vecino en caso de patios vecinales de uso privativo, no podrá realizar ninguna modificación en el patio como, por ejemplo, colocar un tejado o cerrarlo, sin el consentimiento del resto de propietarios. Pero sí permite ciertas modificaciones como explica en su artículo 7.1:
“El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.
En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador”.
Asimismo, el resto de los vecinos tendrá prohibido arrojar colillas, sacudir el polvo o realizar cualquier otra acción que ensucie el patio o lo dañe.
En las revisiones de los contadores de agua y electricidad, tendrá que permitir el acceso a los profesionales. De los posibles daños estructurales se encarga la comunidad, pero de la limpieza y el mantenimiento diario se debe encargar el vecino, pues es él quien lo usa – aunque en puede haber algunas comunidades hay excepciones.
Respecto a los patios vecinales de uso no privativo y comunes, todos los vecinos son responsables de tratar bien los elementos que lo componen (puertas, escaleras, instalaciones de suministro, etc) y de cumplir las normas de convivencia.
Si hay algún vecino que quiere utilizar el patio para dejar la bicicleta, juguetes de los niños o cualquier otro objeto, primero tendrá que consultar los estatutos de la comunidad para saber si está prohibido o no. En caso de que esté permitido, tendrá que solicitar permiso y necesitará la aprobación unánime de todos los propietarios. Si surgiera algún conflicto, existe la posibilidad de recurrir a la vía civil.
Lo mejor para que una comunidad de vecinos viva en armonía es cumplir con la normativa y preguntar antes de actuar o realizar cualquier cambio.
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