¿Qué sucede con mi vivienda alquilada si me divorcio mi pareja? ¿Qué hacemos si solo uno de los dos firmó en su día el contrato de arrendamiento del piso de alquiler y el otro no?
En España se tramitan cada año miles de separaciones y divorcios. Muchas de estas parejas viven en alquiler. El cónyuge no arrendatario podrá continuar viviendo en la casa alquilada siempre y cuando se le atribuya en la sentencia, convenio de separación o divorcio.
Pero para ello debe realizar, además, una serie de trámites. ¡Desde Grupo Mutua Propietarios te lo contamos todo en nuestro blog!
¿Qué situaciones de separación se pueden dar?
El contrato de alquiler está firmado por los dos
Cuando una pareja que vive de alquiler se divorcia y ambos son titulares del contrato, los dos seguirán obligados de cara al arrendador. Independientemente de cuál de los cónyuges se quede con el uso de la casa, ya sea por sentencia judicial o por mutuo acuerdo.
Al propietario de la vivienda no le pueden afectar las relaciones personales de la expareja. Si uno de los ya excónyuges se queda en el piso, habría que modificar el contrato.
El contrato de alquiler está firmado solo por uno de los cónyuges
Excónyuge no arrendatario con hijos
Normalmente, el cónyuge no arrendatario puede seguir viviendo en el piso alquilado, si este se le atribuye en la sentencia o convenio de separación o divorcio. Por lo general, se otorga a quien se queda con custodia de los hijos.
Cuando se lleva a cabo el divorcio, si el cónyuge que no consta como titular en el contrato de alquiler de la casa se queda viviendo en ella, tiene que comunicarlo en un plazo de dos meses desde que se notifica la resolución judicial y adjuntar una copia de la misma. Una vez que se hace la notificación al propietario del piso de que se desea permanecer en la vivienda, ese cónyuge se convierte en el nuevo arrendatario, con los mismos derechos y obligaciones que el que había firmado el contrato en un principio.
Excónyuge no arrendatario sin hijos
Si la pareja no tiene hijos, normalmente se da la vivienda al que esté peor económicamente. Por lo que si es el no arrendatario, tiene derecho a ser quien se quede viviendo en la casa. Y se debe tramitar como se ha explicado en el caso anterior.
Parejas de hecho
Si erais una pareja de hecho, todo lo que se ha explicado anteriormente también es válido. Eso sí, el único requisito es que quien quiere quedarse en la casa, tiene que haber convivido con el arrendatario de forma permanente los dos años anteriores a la separación, mínimo. A no ser que tengan hijos en común, entonces basta la convivencia.
Decisión unilateral del titular de rescindir el contrato
A veces, puede ocurrir que la persona que firmó el contrato de alquiler decida darlo por terminado sin contar con la opinión de su expareja.
En este tipo de caso, el cónyuge que no es titular del alquiler, puede continuar viviendo en la casa y el arrendador no puede oponerse. El propietario del piso, debe requerir al cónyuge del arrendatario para que manifieste su voluntad de continuar en la vivienda o no. En caso de que el arrendatario no conteste en los 15 días siguientes, el contrato se extingue.