Los avances en Cloud Computing o tecnología de almacenamiento que se han producido en los últimos tiempos constituyen un gran avance para multitud de sectores, entre los que destacan los Administradores de Fincas, que se han visto beneficiados por un considerable ahorro en tiempo y un aumento de la eficiencia.
Básicamente, el Cloud Computing consiste en el almacenamiento de datos en un servidor Web de todos los procesos del sistema cuyo control es compartido entre el proveedor del servicio y el cliente. Su principal ventaja es la posibilidad de ampliar o disminuir el almacenamiento en función de nuestros recursos del sistema y que el proveedor del servicio se encargue del mantenimiento de hardware, conectividad internet y seguridad en las redes.
En cuanto a la seguridad de este novedoso sistema, es fundamental revisar que las condiciones del contrato reflejen unos estándares mínimos de protección, como la figura del encargado del tratamiento, con el objetivo de determinar las medidas de seguridad implementadas en los servidores ubicados en los distintos países. Algunos mecanismos utilizados por los proveedores de servicios para reforzar la seguridad en la nube son la virtualización, segmentación y la criptografía de datos y, por parte del cliente, uno de los pilares de la seguridad informática es el control perimetral y la utilización de cortafuegos.
De esta forma se evita cualquier tipo de acceso no autorizado a datos con intereses diferentes para los que fueron almacenados y, además, el sistema de Cloud Computing le permite poder acceder a los datos con total flexibilidad y rapidez.
En conclusión, hay herramientas de protección más que suficientes para confiar en esta tecnología. Como especialistas en protección de datos, los Administradores de Fincas suelen optar por el sistema de Software como servicio (SaaS), donde el proveedor proporciona al administrador aplicaciones que implementan procesos de mejora en su empresa, como puede ser el mailing, emisión de recibos y cobros, gestión de presupuestos y gestión de las comunidades desde cualquier lugar.
Fuente: www.mediterjuridico.es