Impago de suministros por parte del inquilino ¿Qué hacer?

En el artículo de hoy, Grupo Mutua de Propietarios te explica qué hacer ante el impago de suministros por parte
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Hoy en día, es muy común tener una vivienda arrendada, ya sea en la ciudad, en el campo o en la costa, lo que permite a muchas personas tener un hogar durante un tiempo corto o largo. El problema viene cuando los inquilinos nos empiezan a causar problemas, como podría ser el impago de la renta o el impago de los suministros, entonces, ¿qué hacemos?.

Sabemos que es un momento frustrante e impotente para el propietario arrendador, ya que se puede encontrar con un inquilino rebelde que no paga las facturas de la casa.

En el artículo de hoy, Grupo Mutua de Propietarios te explica qué hacer ante el impago de suministros por parte del inquilino.

¿Quién paga los suministros en el contrato del alquiler?

Es cierto que, hay algunos vacíos una vez se firma el contrato, ya que en cada uno de ellos se firmarán o pactarán ciertos aspectos entre el propietario y el inquilino. Aun así, cabe destacar que según el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), explica que “los gastos por servicios que cuente la finca arrendada que se individualicen mediante aparatos contadores serán en todo caso de cuenta del arrendatario”. Es decir, el inquilino debe pagar por ley los suministros del alquiler.

De igual forma, en esta ley también se contempla la posibilidad de que en el contrato las partes pacten lo que crean más conveniente, como ya hemos mencionado anteriormente. Por lo que, si así lo han pactado en el contrato, el inquilino no tendría por qué pagar todos los gastos suministros.  Aun así, lo común es que sea el inquilino quien corre con todos los gastos de consumos de suministros, como luz, agua y gas, mientras que el arrendador suele ser el responsable de pagar otro tipo de gastos de la propiedad, como el IBI o la cuota de la comunidad.

¿Qué hago si sufro impago de suministros por parte del inquilino?

Antes de nada, vamos a explicar las dos formas que hay para pagar los suministros de la vivienda arrendada. Teniendo en cuenta que va a ser el inquilino el encargado del pago, puede ser que se haga directamente desde su cuenta bancaria hasta la empresa que facilita dichos suministros, o que el arrendador comunique al inquilino cuando llegan las facturas para que este le realice el pago. Da igual la forma, el inquilino es el encargado de facilitar el dinero correspondiente para cubrir los gastos de suministros. La cuestión está en que, al final, si los contratos de suministros están a nombre del propietario, la suministradora reclamará a este y no al inquilino el dinero que falte, pudiendo cortar el agua, luz o gas del hogar.

Y si soy propietario de una vivienda arrendada y estoy sufriendo un impago de suministros por parte del inquilino, ¿qué hago?

Puede parecer injusto el hecho de tener que seguir cubriendo unos gastos que, en teoría, no son suyos, pero si deja de hacerlo la empresa suministradora podría cortar los suministros de la vivienda. Esto podría resultar un inconveniente a la hora de poner la demanda de desahucio o una vez puesta, el inquilino podría alegar a su favor que el hogar se ha vuelto inhabitable o que la propiedad le está forzando a abandonar el espacio. Por lo que, cortar los suministros o dejar de pagarlos no es una opción recomendable para el propietario.

Las ventajas del seguro de impago de alquiler de Grupo Mutua de Propietarios

Por esa razón, es importante contar con un buen seguro de impago de alquiler que cubra todos los inconvenientes que puedan surgir en este tipo de situaciones. Lo principal es que puedas sentirte seguro cada vez que alquilas tu vivienda, sabiendo que, si sufres algún inconveniente, tienes a un grupo de personas detrás para ayudarte en esos momentos tan difíciles.

En Grupo Mutua de Propietarios, somos especialistas en protección integral para propietarios y sus inmuebles. Nuestra preocupación son nuestros clientes y garantizarles la protección de sus inmuebles y el cobro de las rentas en todo momento. Por eso te facilitamos algunas de las ventajas de contratar un seguro de impago de alquiler con nosotros:

  • Si el inquilino deja de pagar el alquiler, podrás estar seguro de que recuperaremos tu vivienda y recibirás el dinero que te corresponde por las deudas impagadas. Así mismo, si además deja de pagar los suministros (como el agua, luz, gas) el seguro también te protege.
  • En cuanto a los desperfectos provocados por el inquilino, nosotros nos encargamos de reclamar o compensarte por los daños causados.
  • Una vez el inquilino haya desalojado tu vivienda, en caso de que también haya provocado desperfectos, te ofrecemos un servicio de limpieza profunda.

Con el seguro de impago de alquiler de Grupo Mutua de Propietarios podrás sentirte acompañado y seguro a la hora de alquilar la vivienda. Incluso si el inquilino realizara algún destrozo en el hogar, como si dejara de realizar los pagos correspondientes del alquiler o los suministros o si surgiera algún conflicto legal durante la vigencia en el contrato, estaremos a tu lado para recuperar tu dinero y reparar los daños.

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