En numerosas ocasiones, la situación económica y laboral impide a muchas personas la compra de una vivienda y tienen que optar por el alquiler. Además, la dificultad de acceso a un crédito o al pago de una hipoteca, complican cualquier posibilidad de compra. Por esta razón, el alquiler con opción a compra es una salida cada vez más común, sobre todo entre los jóvenes, porque permite invertir el dinero destinado al alquiler en una futura compra.
Si lo has contemplado como una de tus opciones, desde Mutua de Propietarios te explicamos en qué consiste y cómo funciona para que no te quedes con ninguna duda.
El contrato de alquiler con derecho a compra es un acuerdo atípico por tratarse de un contrato doble, elaborado a partir de dos subcontratos: alquiler y compraventa. La esencia radica en que permite al inquilino vivir de alquiler por un tiempo determinado y, después, tendrá derecho a comprarla por un precio acordado previamente, del que se descontarán las rentas pagadas hasta el momento.
No obstante, a pesar de que este tipo de contrato sí se recoge en el Reglamento Hipotecario, no está lo suficientemente regulado en el Código Civil, por lo que es aconsejable recurrir a un abogado especializado que redacte da manera correcta los intereses y las obligaciones de ambas partes. Por otro lado, será importante también tener en cuenta una serie de condiciones:
- Aunque, a priori, el contrato no tiene por qué tener un precio más elevado de alquiler, si requiere un mayor desembolso inicial al tener que aportar una prima por la opción a compra. Una cantidad que, en el caso de no decantarse por la compra, no se devolverá.
- El precio de la compra tendrá que ser fijado previamente y no puede ser modificado ni por el propietario ni por el inquilino.
- El inquilino tiene la exclusividad de la compra dentro del plazo que establezca el contrato.
- Si ambas parten lo acuerdan, el contrato de alquiler podrá prorrogarse el tiempo que estimen. En ese caso, la opción a compra caducará por ser dos contratos diferentes.
- La compra de la vivienda puede realizarse en el momento que ambas partes lo consideren oportuno, sin tener que esperar al plazo fijado.