Cuando se forma parte de una comunidad de propietarios, es común que surjan dudas sobre las responsabilidades que implica, especialmente cuando se trata de ser nombrado presidente. Esta situación puede generar incertidumbre, ya que algunas personas no desean asumir este cargo. Entonces, surge la pregunta clave: ¿es obligatorio ser presidente de la comunidad de propietarios? En el artículo de hoy, Grupo Mutua Propietarios te resolverá esta duda para que entiendas tus derechos y obligaciones dentro de tu comunidad.
¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal?
En España, la figura del presidente de la comunidad está regulada por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Según esta ley, toda comunidad de propietarios debe tener un presidente, elegido entre los propietarios, y la elección del presidente suele realizarse a través de un sistema rotativo o mediante votación en la junta de propietarios.
El artículo 13 de la LPH establece que la presidencia es obligatoria para el propietario designado, a menos que existan razones justificadas para rechazar el cargo. Este detalle es importante: no es posible rechazar el nombramiento sin una causa legítima que sea aceptada por la comunidad o, en su defecto, por un juez.
Causas legítimas para rechazar el cargo
En general, si has sido designado presidente de la Comunidad, aceptar el cargo es obligatorio. No obstante, la ley permite que un propietario se niegue a ser presidente si puede demostrar una causa justificada. Algunas razones que pueden ser consideradas válidas incluyen:
- Enfermedades graves que impidan al propietario desempeñar las funciones adecuadamente.
- Ausencia prolongada del propietario, lo que dificulte la gestión del cargo.
- Circunstancias personales excepcionales que hagan inviable la aceptación del cargo.
En estos casos, es necesario presentar la solicitud formalmente ante la comunidad y, si esta no acepta la renuncia, el afectado puede recurrir a los tribunales para que se determine si la causa expuesta es suficiente para evitar la presidencia.
¿Qué implica ser presidente de una comunidad de propietarios?
El presidente de la comunidad de propietarios es una figura clave para la gestión y el buen funcionamiento del edificio. Este cargo implica varias responsabilidades, entre las que se incluyen:
- Representar legalmente a la comunidad, tanto en asuntos administrativos como judiciales.
- Convocar, desconvocar y presidir las juntas de propietarios.
- Velar por el cumplimiento de los acuerdos alcanzados en dichas juntas.
- Resolver, junto con el administrador de fincas si lo hubiere, posibles problemas que puedan surgir en el día a día de la comunidad.
- Gestión de la convivencia y resolución de conflictos
Si bien puede parecer una tarea abrumadora, el Presidente no tiene por qué estar solo en todas estas labores. En las comunidades de propietarios, pueden existir también los cargos de Secretario y Administrador, que apoyan en la gestión de la comunidad, y además, la comunidad de propietarios puede contratar un administrador de fincas, que puede encargarse de la gestión técnica y administrativa de la comunidad y apoyar al presidente en su toma de decisiones. Contar con un administrador de fincas cualificado puede facilitar mucho las labores de presidencia en una comunidad de propietarios.
En conclusión, ser presidente de la comunidad sí es obligatorio, en la gran mayoría de los casos. Puede resultar algo abrumador, pero contar con el apoyo de un buen administrador de fincas y la colaboración del resto de la junta de gobierno de la comunidad y de todos los propietarios, puede hacer que sea mucho más llevadero.
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