Las compañías de seguros nos encargamos de proteger los hogares contra cualquier incidente que pueda ocurrir. Sin embargo, hay ciertos riesgos extraordinarios, como los daños causados por desastres naturales que generalmente, están excluidos de las coberturas de las pólizas. De este tipo de riesgos extraordinarios se hace cargo el Consorcio de Compensación de Seguros.
En el blog de Grupo Mutua Propietarios vamos a repasar estos tipos de riesgos y explicar qué pasos deben seguirse en caso de un desastre natural.
¡Presta mucha atención!
¿Qué son los desastres naturales?
Primero de todo, es importante comprender qué se considera un desastre natural. Los desastres naturales son eventos extraordinarios que ocurren debido a fuerzas de la naturaleza y pueden causar daños significativos a propiedades y vidas humanas. Algunos ejemplos comunes incluyen terremotos, huracanes, tornados, o maremotos, entre otros. Un ejemplo reciente en España de este tipo de fenómenos fue la erupción del volcán de La Palma o el temporal de Filomena.
Consorcio de Compensación de Seguros
Aunque España no es un país especialmente afectado por desastres naturales, cada año se registran más inundaciones y tormentas ciclónicas inusuales que, en ocasiones, causan daños materiales significativos. Dependiendo de las características de estos fenómenos meteorológicos, la indemnización no corre a cargo de los seguros de hogar, sino del Consorcio de Compensación de Seguros. Este organismo público, adscrito al Ministerio de Economía y Empresa, se encarga de cubrir a los asegurados en situaciones de riesgo extraordinario. Estos riesgos se dividen en tres categorías:
- Fenómenos naturales como grandes inundaciones, terremotos, tsunamis, erupciones volcánicas, tornados, vientos muy fuertes, etc.
- Daños causados violentamente por actos terroristas, rebeliones, sediciones, disturbios o motines populares.
- Hechos o acciones de las Fuerzas Armadas o las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempos de paz.
Si ocurre alguna de estas situaciones y provoca daños materiales en la vivienda, el propietario debe comunicarse rápidamente con el Consorcio de Compensación de Seguros. Es importante tener en cuenta que este organismo no cubre ciertos daños, como aquellos provocados por granizo, el peso de la nieve o vientos no considerados extraordinarios que ya estén cubiertos por las pólizas. Consulta en nuestra web todas las coberturas de nuestro Seguro Mutua Hogar Confort
Y si deseas conocer con mayor precisión qué daños están cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros y cuáles no, puedes consultar su sitio web.