El seguro de hogar es la principal herramienta con la que cuenta el propietario a la hora de estar protegido ante posibles daños que puedan ocasionarse en la vivienda. Todos estamos expuestos a sufrir un robo en nuestro hogar, por ello, es fundamental contar con un seguro de hogar con el que estaremos tranquilos y SuperProtegidos. Desde Mutua de Propietarios te explicamos las diferencias que existen entre hurto, robo y expoliación, ya que en ocasiones existen confusiones en la terminología.
En el mundo de los seguros, los tres conceptos se refieren a la sustracción o apoderamiento ilegítimo de bienes contra la voluntad del asegurado. Pero su significado varía en función de la intención a la hora de llevar a cabo la acción. Hay que tener en cuenta que, por lo general, todos los seguros de Hogar cubren los robos. En caso de los hurtos, si se producen en la vivienda suelen estar cubiertos por el seguro de hogar. Si suceden fuera de la vivienda, normalmente están excluidos.
Robo
Si han cometido un robo en tu hogar debes saber que el robo hace referencia a la sustracción o apoderamiento ilegítimo, con ánimo de lucro y contra la voluntad del asegurado, de los bienes asegurados. Lo que caracteriza al robo y lo diferencia del hurto o la expoliación, es que para considerarse un robo, se llevan a cabo actos de fuerza o violencia sobre los bienes o para poder acceder a ellos. Por ejemplo, en el caso de que un delincuente entre en la vivienda empleando la fuerza a través de puertas o ventanas y en ese momento actúe con la intención de sustraer cualquier tipo de bien.
Expoliación
La expoliación o atraco es la sustracción o apoderamiento ilegítimo de bienes contra la voluntad de los asegurados, mediante actos de intimidación o violencia realizados sobre quienes los custodien o vigilen, como por ejemplo un ‘tirón de bolso’. La diferencia con el robo es que, en la expoliación, la violencia, la fuerza o la intimidación se comete sobre la persona que custodia los bienes, con el objetivo de sustraerle los bienes.
Hurto
Según indica el Código Penal español, se considera hurto a “la apropiación, con ánimo de lucro, de cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño”. Es decir, la sustracción de cualquier propiedad sin que te des cuenta. Además, el Código Penal establece que, si el valor de los bienes hurtados no supera los 400 euros, se considera un delito leve, imponiendo al infractor una multa y una pena de prisión de 1 a 3 meses. En cambio, si ese valor supera la cifra de 400 euros, la pena de prisión se aumenta de 6 a 18 meses.
En Mutua de Propietarios contamos con el Seguro de Hogar con el cual cubrimos el robo y la expoliación en la vivienda, incluyendo la reposición de llaves o cerraduras con un límite de 300€. Además, con el Seguro de Hogar Complet estarás cubierto ante un posible hurto en la vivienda por valor del 10% del contenido robado hasta un máximo de 1.500€. Así mismo, el Seguro de hogar de Mutua de Propietarios incluye la cobertura de “Atraco fuera de la vivienda” al contratar la garantía de “Robo complementario”. Asegúrate qué tipo de coberturas tienes contratado en tu seguro del hogar para estar SuperProtegid@.