Como el 31 de mayo de cada año, la Organización Mundial de la Salud (OMS) celebra hoy el Día Mundial Sin Tabaco. El objetivo de la Organización es recordar los riesgos que el tabaquismo tiene para la salud de los fumadores, tanto activos como pasivos, y defender la creación de políticas que reduzcan su consumo. El lema de este año 2017 es: “El tabaco, una amenaza para el desarrollo”.
Desde Mutua de Propietarios, no solo estamos comprometidos con la protección de la salud de los edificios, también con las de las personas que viven en ellos. Por ello, desde aquí queremos recordaros la normativa en relación a la prohibición dTYae fumar o no en las zonas comunes de los edificios.
La Ley 28/2005, que abordaba medidas sanitarias contra el tabaquismo y regulaba su venta y publicidad, no era demasiado precisa en la permisión de fumar en las zonas comunes de una comunidad de propietarios. Cinco años después era modificada por la Ley 42/2010, que clarificaba este asunto y ampliaba la prohibición de fumar en todos los espacios cerrados de uso público o colectivo. En este sentido, quedaría prohibido fumar en elementos comunes cerrados como el portal, la escalera, ascensores o montacargas, garajes y cualquier otra zona que sea de uso común para todos los propietarios del edifico.
Además, señala también que, en ciertas ocasiones, la Junta de Propietarios podría prohibir fumar en los espacios comunitarios abiertos, como jardines y piscinas. Especifica a este respecto: “Recintos de los parques infantiles y áreas o zonas de juego para la infancia, entendiendo por tales los espacios al aire libre acotados que contengan equipamiento o acondicionamientos destinados específicamente para el juego y esparcimiento de menores”.
Por lo tanto, se permite fumar en las zonas comunes al aire libre, a excepción de los recintos que se habiliten para uso infantil. Espacios que determinarán en consenso todos los vecinos y que deberán quedar reflejados en loa Estatutos o Normas de régimen interior de cada comunidad.
Por otro lado, es importante solucionar molestias generadas por el consumo de tabaco en el edificio y que se escapan de los límites de la ley. Cuestiones como los olores, suciedad, humo… deberán resolverse de manera amistosa para convivir en armonía y genera buen ambiente en la comunidad.