La Navidad está a la vuelta de la esquina y tú, que posees un enorme espíritu navideño, ya estás pensando en adornar tu hogar, la puerta de tu vivienda o incluso adornar el vestíbulo o portal de tu comunidad de vecinos. El espíritu navideño, en muchas ocasiones, traspasa los límites de las viviendas particulares, llegando a las comunidades de propietarios.
Hoy vamos a tratar algunas de las dudas más comunes a la hora de poner decoración navideña en una comunidad de vecinos.
¿Quién regula la decoración navideña en una comunidad de propietarios?
La decoración navideña en una comunidad de propietarios no es una decisión tan trascendental como para necesitar un acuerdo de la junta de vecinos. Sin embargo, por tener consideración con el resto de vecinos, esta decisión se debe consultar. El procedimiento será comunicarlo al presidente de la comunidad para que, si lo considera oportuno, convoque una junta de vecinos para comentarlo.
Esta situación anterior se podrá dar en el caso de que existan adornos navideños pertenecientes a la comunidad de propietarios o si un vecino desea adornar las zonas comunes con adornos navideños de su propiedad. Sin embargo, el problema está cuando, para adornar las zonas comunes de una comunidad de propietarios, sea necesario destinar una partida de gastos para ese fin.
En este último caso, aunque el gasto sea pequeño, al tratarse de dinero de la comunidad, será necesario el acuerdo entre los vecinos propietarios a través de una votación. Dicho acuerdo debe ser por mayoría de votos, es decir, conseguir el voto a favor de la mitad más uno de los vecinos propietarios presentes en la reunión.
Por tanto, es la comunidad de propietarios quién regula la decoración navideña de las zonas comunes de una comunidad. Pero, antes de tomar cualquier decisión, incluso antes de convocar a los vecinos para tomar esta decisión, lo mejor es revisar los estatutos de la comunidad o en su defecto, la normativa de la Ley de Propiedad Horizontal. En el caso de que exista un reglamento de Régimen Interno, también se debe consultar para comprobar qué contempla en estos casos.
Consejos para la decoración navideña en una comunidad de propietarios
Aunque un grupo de vecinos desea dar rienda suelta a su espíritu navideño, lo cierto es que en este sentido, será necesario tener un poco de respeto al resto de propietarios, así como sentido común y seguridad al hora de colocar la decoración navideña en zonas comunes.
En primer lugar y según la ley, todas las zonas comunes pueden ser decoradas. Aún así, los espacios que se suelen decorar con motivos navideños suelen ser el hall principal o el portal, puesto que se trata del espacio más frecuentado por los vecinos. En cuanto al resto de zonas, lo cierto es que también se pueden decorar, teniendo en cuenta la opinión de todos los vecinos y los elementos comunes no sean alterados o las decoraciones supongan un estorbo para el libre transitar de las personas.
El gasto de la luz, en los tiempos que corren, es algo a considerar si se quiere colocar luces navideñas en el árbol, por ejemplo. Para que esto no suponga un gasto de electricidad importante en la factura de la luz, lo recomendable es que la comunidad fije unos horarios de encendido y apagado. En cuanto a las luces navideñas, será necesario colocarlas de tal forma que no supongan un riesgo para la comunidad, por la posibilidad que existe de que haya cortocircuitos si no se instalan correctamente o no son luces con la calidad suficiente.
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