El lunes 1 de abril comenzó la campaña de la declaración de la renta 2018, este año, con algunas novedades, como el refuerzo por parte de Hacienda del control sobre los propietarios que tienen pisos en alquiler, especialmente si se trata de pisos turísticos. En Mutua de Propietarios queremos ayudaros con este complejo trámite para que no tengáis ningún problema, ¡atentos!
Cada año se registra un elevado nivel de fraude fiscal en España debido a la no tributación de los alquileres, de forma más significativa, en el caso de alquileres turísticos. Por este motivo, y después de muchos avisos por parte de los técnicos del Ministerio, este año se han triplicado las advertencias a los propietarios con pisos en alquiler, alcanzando los 700.000 avisos. De forma previa al inicio de la campaña, estos propietarios han recibido una notificación por parte de Hacienda en la que se les indica el conocimiento sobre sus rentas de alquiler y la obligatoriedad de tributar por esos ingresos. En el caso de particulares, deberá tributarse a través del Impuesto sobre la Renta y en el caso de empresas, a través del Impuesto de Sociedades.
Esta medida llega en un momento de gran afluencia de pisos turísticos, especialmente en las grandes ciudades. Además, desde el 1 de enero de 2019, plataformas como Airbnb, HomeAway, Booking, Wimdu o Niumb deben informar a Hacienda acerca de las reservas y transacciones que se producen entre propietarios e inquilinos, de modo que el control es mucho más efectivo.
La no declaración de las rentas de alquiler supone un delito, y puede ser penalizado. Si se detecta que un propietario no ha declarado sus rentas de alquiler, deberá tributar por el 100% del rendimiento de su alquiler, si tributa de forma correcta, podrá acogerse a una reducción del 60%. En el caso de los apartamentos turísticos, deben tributar en todo momento por la totalidad del importe del alquiler. Por otro lado, si la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) detecta irregularidades, puede sancionar a los propietarios de forma leve, grave o muy grave, dependiendo de la cantidad no declarada. Por un lado, los propietarios deberán abonar la cantidad no declarada previamente, más una penalización de entre el 50% y el 150% de esta cantidad.