¿Eses propietario y estás pensando en alquilar tu vivienda? ¿Te dan miedo los posibles impagos o daños a tu inmueble? Si no te decides, hoy desde Mutua de Propietarios os facilitamos algunos consejos para alquilar tu vivienda con seguridad.
Uno de los principales motivos por los que podemos tener miedo a alquilar nuestra vivienda es el temor al impago de las rentas, es decir, que el inquilino deje de pagar el alquiler o los gastos de la vivienda. Pero para ello hay una solución: el seguro de impago de alquiler, que se ha convertido en una herramienta para muchos imprescindible. Se trata de un seguro que además de proteger al propietario ante cualquier impago, cuenta con la aseguradora, que determinará qué tipo de persona puede convertirse en inquilino a través de un estudio. En él, se establecerán una serie de pautas a completar para velar por la viabilidad del posible inquilino.
Seguro de impago de alquiler, ¿qué se necesita?
Conocer al inquilino que va a ocupar tu vivienda es una de las tareas fundamentales a la hora de alquilar tu casa.
En la actualidad la forma más fácil y sencilla para el propietario es la contratación de un seguro de impago de alquiler, que además, incluye un análisis de los posibles inquilinos. En primer lugar, es fundamental disponer de un análisis de solvencia financiera de los inquilinos a los que el arrendatario va a alquilar la vivienda. Se trata de un trámite esencial, puesto que en el caso de impagos en la renta mensual o en las facturas de suministros como luz, agua o gas, será Mutua de Propietarios quien se haga cargo de los gastos.
- Las rentas impagadas y los costes de reclamación de la deuda estarían cubiertas por el seguro de impago de alquiler, siempre y cuando haya una sentencia jurídica firme de morosidad, por lo que es la aseguradora quien se hace cargo de ello.
¿Cuáles son los requisitos de contratación?
Por norma general, los requisitos del seguro de impago de alquiler son los siguientes:
- Para poder contratar un seguro de impago de alquiler hay que realizar un estudio de solvencia. Se deberá presentar documentación sobre los ingresos mensuales del futuro inquilino puesto que de ello dependerá el pago de las mensualidades y los gastos. En este caso, el importe del alquiler debe suponer menos del 40% o 45% de sus ingresos mensuales En caso de no disponer de los ingresos necesarios, se podrá aportar un aval para realizar el seguro. Para realizar el análisis de viabilidad, además, se necesita la siguiente información sobre el futuro inquilino:
- En el caso de tratarse de un trabajador por cuenta ajena, se solicitarán las dos últimas nóminas y la antigüedad para poder determinar un correcto volumen de ingresos. Además, se valoran de forma positiva los contratos de trabajo indefinidos, frente a los contratos temporales, ya que garantizan el pago de las mensualidades.
- Los autónomos deberán hacer entrega de las últimas declaraciones trimestrales del IVA, además de la declaración del IRPF más reciente.
- Por su parte, los pensionistas deben justificar su condición y la cuantía de sus ingresos anuales. Esto puede presentarse aportando el certificado de la seguridad social o una carta de la actualización de la pensión.
- Existe una lista de morosos que coteja la compañía en caso de que el inquilino sea un mal pagador.
- Duración del alquiler: Otro de los requisitos que deberás tener en cuenta a la hora de contratar un seguro de impago de alquiler, es el período o la duración de este. El contrato del seguro de alquiler en cualquier caso será de un año renovable automáticamente si no se indica lo contrario.
Contratar un buen seguro de impago de alquiler a través de una aseguradora especializada, siempre te dará mayores garantías. Por eso, en Mutua de Propietarios te damos la tranquilidad de poder mantener tu vivienda protegida con nuestro seguro de impago de alquiler.