Si vives en una comunidad de vecinos este post te interesa. Las comunidades de propietarios necesitan tener una cuenta bancaria para gestionar el día a día de la comunidad, como gastos de comunidad, posibles reformas… Por ello, el Banco de España ha dado a conocer una guía de recomendaciones a la hora de abrir y tener una cuenta de comunidad, ya que las comunidades de propietarios están completamente habilitadas para abrir cuentas bancarias a pesar de que no poseen una personalidad jurídica.
¿Quién puede actuar en representación de la comunidad de propietarios y gestionar la cuenta?
El representante legal será el presidente de la comunidad, que es nombrado entre los propietarios, por acuerdo de la junta general.
En cuanto a la administración de la cuenta, deben ser los apoderados autorizados por los miembros de la comunidad, según está establecido en los pactos internos de la comunidad de bienes o, en su defecto, en el Código Civil.
Cuándo puede bloquearse la cuenta de una comunidad de vecinos
El banco puede tomar la decisión de bloquear una cuenta de una comunidad de vecinos en casos de mayor gravedad que principalmente se relacionen con una posible falta de representación de la comunidad de vecinos:
- Cuando haya sospechas de que los cargos de representación han sido revocados.
- En el caso de que, teniendo la constancia de cambios de representación o nombramiento de nuevos cargos, éstos no se hayan comunicado al banco o no se hayan documentado.
- Cuando existan discrepancias importantes entre los miembros de la comunidad de vecinos.
Ante esta situación, y para tener una buena sintonía con el banco, se deberá valorar la gravedad del conflicto en cada caso. Además de evitar el bloqueo de la cuenta en la medida de posible para no entorpecer el funcionamiento normal de la comunidad.
¿El banco puede cobrar comisión?
Al igual que con el resto de los clientes, las entidades podrán cobrar ciertas comisiones por los servicios que preste y que siempre estarán indicados en el contrato firmado con la comunidad de propietarios. Por ello, la mayoría de las cuentas para propietarios conlleva el pago de comisiones. Si se quieren evitar estas comisiones, puede ser necesario contratar algún producto vinculado a la cuenta.
¿Quién puede presentar una reclamación en nombre de la comunidad de propietarios?
El presidente de la comunidad será quien, acreditando su cargo, pueda presentar una reclamación en nombre de la comunidad. Aunque el administrador también podrá representar a la comunidad siempre y cuando se le haya atribuido dicha representación expresamente por la junta.