5 PUNTOS A TENER EN CUENTA POR LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

En España hay actualmente más de 1 millón de personas en situación de dependencia, por lo que resulta cada vez

silla ruedas 300

En España hay actualmente más de 1 millón de personas en situación de dependencia, por lo que resulta cada vez más importante adecuar los accesos a los edificios y locales a las necesidades de este colectivo, y las comunidades de propietarios no son una excepción.  A continuación, os ofrecemos una serie de pautas a tener en cuenta de cara a la instalación de rampas de acceso al portal del edificio.

  • Lo primero que hay que saber es que la construcción de una rampa de acceso al portal del edificio de la comunidad de propietarios es obligatoria si en dicha comunidad vive una persona con discapacidad o mayor de 70 años.
  • Es por tanto obligatorio  para la comunidad a partir de la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal de junio de 2013, emprender las obras necesarias para suprimir los elementos arquitectónicos del edificio (poner rampas para personas mayores o discapacitadas, acondicionar ascensores, etc.)
  • Estas obras y modificaciones podrán ser llevadas a cabo sin necesidad de acuerdo previo de la Junta. Es decir, será una obligación de la comunidad siempre que sea solicitado por uno de los propietarios y no será necesario un número determinado de votos por parte de los vecinos.
  • A la hora de correr con los gastos de la obra, hay que tener en cuenta que si el importe costase menos de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes, corresponde a la comunidad de propietarios hacerse cargo del coste. Pero si excede de doce mensualidades, la diferencia será soportada por el inquilino que solicitó que se realizase dicha obra. Solo en el caso de que la mayoría de los propietarios voten a favor de las obras para eliminar barreras arquitectónicas, el límite de las doce mensualidades desaparecería y, fuera cual fuese el coste, lo pagarían entre todos los propietarios.
  • Finalmente, hay ayudas, que se pueden obtener de conformidad con la legislación vigente. Normalmente suelen existir subvenciones concedidas por los servicios de vivienda y urbanismo, así como los servicios sociales, para la remoción de las barreras que dificultan la movilidad de las personas con discapacidad.
Mutua de Propietarios
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