Según datos del Fichero de Inquilinos Morosos (FIM), la morosidad en los alquileres aumentó en España un 12% el último año, situándose la cuantía media de la morosidad en arrendamientos en nuestro país en 6.489.60€. De hecho, más de la mitad de los desahucios se producen por impagos de alquileres, según el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Se trata de una situación desagradable para el arrendador por lo que, desde Mutua de Propietarios, queremos dar unas pautas para evitar a potenciales inquilinos morosos.
- Es importante, antes de comenzar los trámites para formalizar un contrato de alquiler con un posible inquilino, solicitarle la documentación adecuada para acreditar su solvencia, ya que algunas veces los arrendatarios “inflan” su economía y hacen cálculos que no se ajustan a la realidad.
- El contrato debe estar sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), ya que, en caso de tener un inquilino moroso y tener que recurrir a los tribunales, el arrendador podría salir perjudicado. Es importante contar con un buen asesoramiento legal en estos casos.
- La petición de referencias a arrendadores anteriores, si los hubiera, del potencial inquilino también es una buena idea a tener en cuenta, ya que si el candidato ha causado problemas anteriormente de cualquier índole, podremos adelantarnos a futuros comportamientos no deseados.
- Un cambio de titularidad en los recibos también evitará problemas. Si el inquilino deja de pagar, mantener los suministros a nombre del casero puede acarrearle una deuda ajena, por lo que lo ideal es que el arrendatario pase a ser el titular de los suministros cuando pase a ocupar la vivienda.
- Finalmente, es recomendable no aceptar la fianza como pago del último mes de alquiler, ya que si hubiese desperfectos en la vivienda, el arrendador se encontraría con la tesitura de tener que hacerse cargo de los gastos de reparación
En Mutua de Propietarios contamos con el seguro de Impago alquiler, un producto donde fuimos pioneros en introducirlo en el mercado español donde ayudamos al arrendador hacer una adecuada selección del inquilino, recuperar las rentas de alquiler impagadas por su inquilino, recuperar la disposición de su vivienda con la mayor brevedad posible y en el caso de que el inquilino moroso antes de abandonar su vivienda, realice actos de vandalismo o robe, en el continente de la misma, le compensamos por los daños.