Preguntas más frecuentes / FAQ

Alquiler

  • Para tener la tranquilidad y seguridad que en caso de impago por parte del inquilino tengas garantizadas las rentas aseguradas de alquiler y puedas recuperar la vivienda.
  • Comprobantes de los dos últimos recibos de la renta de alquiler impagados. Puedes declarar el siniestro y adjuntar la documentación necesaria a través del Portal Cliente.
  • El siniestro se deberá comunicar a los 45 días de producirse el impago, o a la segunda mensualidad devuelta.
  • Una vez comunicado el siniestro de impago pasamos el expediente al departamento jurídico, que automáticamente envía una comunicación al inquilino deudor dándole un plazo de veinte días para que regularice la situación. En el caso de no pagar, se interpone la demanda de desahucio y reclamación de deuda.
  • Actualmente la media de un proceso de desahucio está entre seis y ocho meses, en función del Juzgado y la zona geográfica.
  • Se cobran una vez recaiga sentencia en firme, y se puede solicitar un avance de indemnización mensual a partir del tercer mes, siempre y cuando se haya interpuesto la demanda.
  • Una vez que desde Mutua de Propietarios te hayamos indemnizado, nosotros mismos nos encargaremos de reclamar al inquilino deudor. Ten en cuenta que en el caso de que el inquilino también te abone las rentas, tendrás que devolverlas a la Compañía.
  • Sí. La Mutua paga las rentas de alquiler independientemente de que se declare al inquilino insolvente.
  • Sí. La póliza permite contratar hasta 6.000 € en el caso de actos vandálicos, siempre que haya existido impago del alquiler. Esta cobertura tiene una franquicia de 300 €.
  • En caso de que se rescinda el contrato de alquiler durante las dos primeras anualidades del seguro, devolvemos la parte proporcional de prima no consumida, con un máximo de 6 meses y siempre que no se hayan declarado siniestros. A partir de la renovación del tercer año devolvemos la totalidad de la prima no consumida de la anualidad en curso, siempre que no se hayan declarado siniestros. Para ello se deberá adjuntar la rescisión del contrato de alquiler firmado por las partes.
  • Sí; ponemos a tu disposición un servicio de atención telefónica (tels. 93.707.97.00 y 91.831.54.96).

Comunidades

  • Puedes comunicar el siniestro a través de nuestro Portal Cliente, o bien telefónicamente al Área de Clientes (telf. 93.487.30.20 y 91.826.40.04).
  • Si la póliza de tu comunidad tiene contratada la cobertura de Asistencia, puedes solicitar la intervención urgente de reparadores llamando directamente a los teléfonos de Asistencia 24 horas (telf. 93.517.50.98 y 91.825.11.74). Recuerda tener a mano el número de póliza de la Comunidad, así como el código postal al que pertenece el edificio.
  • Puedes consultar sobre el estado de los siniestros de tu edificio llamando a nuestra Área de Clientes (telf. 93.487.30.20 y 91.826.40.04, laborables de lunes a viernes de 9 a 18 h.) o bien a través del siguiente enlace en nuestra web.
  • Continente son los elementos constructivos e instalaciones fijas del edificio, tales como: cimientos, muros, paredes, techos, suelos, tabiques, tuberías, cubiertas, puertas, ventanas... Contenido son aquellos bienes de propiedad comunitaria (muebles, mostradores, espejos, lámparas, alfombras, útiles de limpieza, enseres de jardinero, extintores y mangueras contra incendios...), situados en las zonas comunes del edificio.
  • Las tuberías privadas sólo prestan servicio a un único departamento (piso o vivienda). Las conducciones comunitarias abastecen a dos o más departamentos, así como al conjunto del edificio (bajantes de aguas residuales, desagües pluviales...); en el caso de las tuberías de distribución de aguas limpias, se consideran comunitarias hasta las llaves de paso de cada una de las viviendas.
  • Sí, en el caso de tener contratada esta garantía, en nuestros actuales productos cubrimos hasta 500 € por siniestro y 1.000 € por año, para los desatascos con y sin daños.
  • En caso de que la Comunidad contrate la garantía de Defensa Jurídica, el Seguro cubre los gastos de la reclamación de las cantidades pendientes de pago a los propietarios morosos, siempre que el inicio de la deuda se produzca dentro de la vigencia de la póliza. Además, el Seguro de Mutua de Propietarios permite cobrar por adelantado el importe de las cuotas impagadas hasta un máximo de 600 €, mientras se siguen las gestiones de reclamación por vía judicial.
  • Así es; nuestro seguro comunitario cubre los daños y perjuicios que el Presidente y los demás miembros de la Junta pudieran causar debido a las acciones u omisiones en el desempeño de sus cargos.
  • La Comunidad deberá trasladar la demanda inmediatamente a Mutua de Propietarios para que nuestros servicios jurídicos puedan analizar el caso y den instrucciones al Presidente y a los vecinos. Es muy importante comprobar que la demanda vaya dirigida contra la Comunidad, y anotar la fecha exacta en que se ha recibido, ya que de ello dependerán los plazos de contestación.
  • La Inspección Técnica de Edificios (ITE) es un chequeo del edificio que sirve para certificar que está en buenas condiciones. Es obligatorio pasarla cada ciertos años (según la normativa de cada municipio o Comunidad Autónoma), y la realizan arquitectos especializados. Contratando los Servicios Técnicos Premium de Mutua de Propietarios, la ITE queda cubierta de forma gratuíta en el año que toque hacerla a vuestro edificio, si hace al menos un año que contrató el seguro.
  • El análisis técnico del edificio, análisis básico de la facturación eléctrica, asesoramiento telefónico, trámite de subvenciones para obras de rehabilitación y mejora, ITE (Inspección Técnica del Edificio), certificado de eficiencia energética del edificio, dossier de vida del edificio, etc. Si quieres más información, pincha aquí.

General

  • Puedes contactar directamente con nosotros llamando al Área de Clientes (telf. 93.487.30.20 y 91.826.40.04), o escribirnos a través de la web, desde donde te responderemos o te llamaremos enseguida, según lo que prefieras. También puedes solicitarlo a través de nuestra web desde cualquier de nuestros productos.
  • Puedes contactar telefónicamente llamando al Área de Clientes (telfs. 93.487.30.20 y 91.826.40.04), o bien a través del formulario de contacto que encontrarás en nuestra web.
  • Accediendo a la información de tu póliza, que podrás encontrar registrándote en nuestro "Portal Cliente", en el apartado "Documentos". También puedes ver lo que te cubre tu póliza en la documentación física que se te entrega en el momento de la contratación.
  • Tu póliza se renueva automáticamente al final de cada vencimiento. Por tanto, no tienes que hacer ninguna gestión para renovar tu póliza cada año.
  • Con tarjeta de débito / crédito, a través de nuestra web, dentro de la opción de "Pagar recibos", o bien realizar un ingreso o transferencia bancaria en cualquiera de nuestras cuentas habilitadas.
  • Si eres cliente de Mutua de Propietarios podrás acceder al Área Cliente de nuestra web corporativa, donde tendrás tu propio espacio privado para consultar la información de todas tus pólizas, recibos y siniestros de manera rápida y cómoda desde cualquier dispositivo. También podrás consultar tus datos, la documentación de tus pólizas, pedir un duplicado, comunicar un siniestro, o solicitar nuestros servicios premium. Además, podrás acceder al club de descuentos donde podrás beneficiarte cada día de las ofertas que hemos seleccionado especialmente para ti. Si quieres acceder al Portal Cliente, pincha aquí.
  • Para registrarse en el área de clientes hay que indicar un número de póliza y un NIF/CIF/NIE válido de alguna de las figuras relacionadas con la póliza (tomador, asegurado, vecino que sea propietario de una vivienda que tiene el seguro del edificio en Mutua de Propietarios, presidente de una comunidad de propietarios asegurada en Mutua de Propietarios, o Administrador de fincas de una comunidad de propietarios asegurada en Mutua de Propietarios y que no sea mediador).
  • Registrándote en el "Portal Cliente", en el apartado "Siniestros", dentro de la opción "Comunicar un siniestro". También puedes comunicarlo llamando directamente al Área de Clientes.
  • Se considera mantenimiento a las tareas necesarias para conservar tu vivienda o tu edificio en correcto estado, y evitar así que ocurran los siniestros. Por tanto, un siniestro será un hecho accidental, imprevisto y repentino, que se produce a pesar de haber hecho un mantenimiento adecuado.
  • Es la parte del coste de un siniestro que corre a cargo del Asegurado, según se establece al contratar la Póliza. La franquicia se descuenta de la indemnización a percibir, o bien se abona directamente a los reparadores.
  • Registrándote en el "Portal Cliente", y accediendo a tus pólizas en vigor que aparecen en "Vista Global", donde existe la opción "Documentos"; una vez allí, si seleccionas "Solicitud de duplicados" se generará automáticamente una copia actualizada en formato PDF de tu póliza.
  • Mutua de Propietarios es especialista en la protección y salud de la propiedad inmobiliaria, con más de 180 años de experiencia, con gran solvencia financiera y próxima a nuestros clientes. Nuestra especialización nos permite asesorarte de forma personalizada de la mejor opción según tus necesidades.
  • Sí; en Mutua de Propietarios existe el producto Mutua Alquiler Confort, que, entre otras ventajas, te cubre las mensualidades de renta impagadas, hasta los límites contratados, cuando tu inquilino deja de pagarte el alquiler. Nos preocupamos por tus ingresos, posibles perjuicios en caso de impago y que puedas recuperar tu vivienda lo antes posible.

Hogar

  • Puedes comunicar el siniestro a través de nuestro Portal Cliente, o bien telefónicamente al Área de Clientes (telf. 93.487.30.20 y 91.826.40.04).
  • Si tu póliza de Hogar tiene contratada la cobertura de Asistencia, puedes solicitar la intervención urgente de reparadores llamando directamente a los teléfonos de Asistencia 24 horas (telf. 93.517.50.98 y 91.825.11.74). Recuerda tener a mano el número de la póliza, así como el código postal al que pertenece tu vivienda
  • Puedes consultar sobre el estado de tu siniestro llamando a nuestra Área de Clientes (telf. 93.487.30.20 y 91.826.40.04, laborables de lunes a viernes de 9 a 18 h.) o bien a través del siguiente enlace en nuestra web.
  • Continente son las partes fijas de la estructura de la vivienda (cimientos, muros, paredes, techos, suelos, tabiques, tuberías, cubiertas, puertas, ventanas…). Contenido son elementos del ajuar doméstico situados dentro de la vivienda (muebles, objetos de decoración, cuadros, cortinas, alfombras, electrodomésticos, ropa, herramientas, víveres, joyas...).
  • Contacta con Mutua de Propietarios y declara el siniestro. Tu póliza de Hogar cubre los daños que te hayan ocasionado. Nosotros te indemnizaremos, y luego nos encargaremos de reclamar a tu vecino o a su seguro.
  • Sí, hasta los límites contratados, a excepción de que tenga la consideración de potencialmente peligroso. En este caso deberás declararlo de forma expresa en tu póliza para que quede asegurado.
  • Porque la póliza de tu Comunidad no te cubre todos los daños particulares en tu vivienda, ni tampoco los daños que tú o las personas que convivan contigo puedan causar a otras personas.
  • Al contratar la póliza de Hogar, teniendo la Comunidad asegurada también en Mutua de Propietarios, existen bonificaciones que te evitan pagar dos veces por la misma cobertura. En caso de siniestro se evitarán así los posibles conflictos entre compañías, y la tramitación del siniestro será mucho más ágil.
  • Sí, si eres inquilino lo necesitarás para tener cubiertos tus enseres personales, y sobretodo para cubrir los posibles daños a terceros que puedas causar.
  • Sí, además, debes declarar detalladamente aquellas joyas de valor unitario superior a 2.500 €, y aquellos objetos de valor superiores a 3.000 €. Es decir, debes indicar la descripción de cada elemento y su valor. Estos límites unitarios pueden variar en función del producto contratado.
  • Tendrás que darnos aviso del siniestro a la mayor brevedad. Recuerda que te pediremos la denuncia de los hechos que interpongas ante la Policía, y que nos aportes comprobantes de los objetos que te hayan robado (facturas, tickets, fotos...).
  • Deberás comprobar que tienes contratada esa garantía en tu póliza, y si es así, tendrás que aportarnos la denuncia presentada ante la Policía, indicando cómo fueron los hechos y detallando qué es lo que te han robado y su valoración.
  • Llamamos vivienda principal a aquella que está habitualmente ocupada de forma permanente, sin llegar a estar deshabitada durante más de 75 días seguidos. Se considerará vivienda secundaria cuando no cumple los requisitos anteriores, pero siempre que no esté deshabitada por más de 6 meses.
  • Así es; el Seguro te cubre los daños que tú (o las personas que conviven contigo) puedan causar, de forma involuntaria y accidental, a otras personas y/o cosas debidos a un accidente de bicicleta, siempre que su uso sea como práctica de aficionado (y no deporte profesional) y hasta los límites establecidos en tu póliza.
  • Tus hijos menores de edad también están asegurados con tu Seguro de Hogar, siempre que convivan contigo en la misma vivienda.

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Montepío Metalúrgico se integra en Grupo Mutua de Propietarios

Montepío Metalúrgico, como integrante del Grupo MDC, quedará integrado en el Grupo Mutua de Propietarios, entidad líder especialista en la protección integral del propietario y sus inmuebles.

Para facilitar las tareas más habituales de los Colaboradores, entre en este enlace BANNER COLABORADORES

A través del Grupo Mutua Propietarios continuaremos ofreciendo un servicio eficaz e innovador, con una reconocida reputación en la atención a sus clientes.

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Fusión del Grupo MDC en Grupo Mutua Propietarios

Las compañías aseguradoras del Grupo MDC y Grupo Mutua Propietarios se fusionan.

Con la integración de los productos aseguradores de MDC en Grupo Mutua Propietarios, los mutualistas de MDC mantendrán las mismas condiciones y coberturas contratadas.

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